La Organización Nacional de Trasplantes ha publicado el Listado de Tejidos Humanos y Productos Derivados de Tejidos que pueden ser utilizados en España.
Por lo tanto, los dentistas que utilicen en sus clínicas algunos de estos productos, deberán tener la correspondiente autorización de la Coordinación Autonómica de Trasplantes o la Autoridad Competente para poder realizar esta actividad, conforme al RD 1301/2006, ya que a todos los efectos, este tipo de productos se deben considerar tejidos humanos, tal y como se recoge en el Real Decreto 1591/2009 que regula los productos sanitarios.
Según este RD, aquellos productos derivados de tejido humano (como es el caso de los productos derivados de tejido óseo liofilizado o desmineralizado) dejan de ser considerados productos sanitarios para considerarse tejidos humanos, por lo que quedan regulados por el RD 1301/2006 donde se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos.
Por lo tanto, los centros o clínicas dentales que implanten este tipo de tejidos han de autorizarse a través de la Coordinación Autónoma correspondiente. Para ello, han de cumplir con una serie de requisitos que aparecen recogidos en el documento adjunto Requisitos para la Autorización de Clínicas para el Uso de Tejido Humano.
Asimismo, el Consejo General está elaborando un Protocolo para ayudar a los dentistas a gestionar la autorización para el uso de tejido humano o derivados, un Protocolo para la utilización de sustitutos óseos e injertos, así como un Consentimiento informado para la autorización del uso de este tipo de tejidos. En cuanto se aprueben dichos documentos, se enviarán a los Colegios.
Toda la información está disponible en el área restringida para Colegios y dentistas de la web del Consejo General (www.consejodentistas.es).
Organización Nacional de Trasplantes (ONT):
E-mail: ont@msssi.es.
Teléfono: 902 300 224