El Consejo General de Dentistas ofrece a los colegiados información específica sobre el coronavirus

Debido a la situación sanitaria provocada por el coronavirus 2019-nCOV, el Consejo General de Colegios de Dentistas de España está llevando a cabo diversas acciones con el objetivo de proporcionar la máxima información posible a los colegiados.
Así, ha elaborado pósters, trípticos y un Informe Técnico que se irán actualizando continuamente. Dichos materiales se pueden descargar en el siguiente enlace:
https://www.consejodentistas.es/comunicacion/actualidad-consejo/notas-de-prensa-consejo/item/1725-informacion-coronavirus.html o pinchar aquí.
 

El Consejo General de Dentistas entiende que "como profesional sanitario, el dentista tiene un papel muy relevante en el control de la infección del coronavirus. Asimismo, es un profesional de riesgo al trabajar constantemente en presencia de aerosoles, saliva, y a una distancia de trabajo corta, a veces, a menos de 1 metro de la boca del paciente". Para su propia seguridad, y al objeto de evitar infecciones cruzadas, debe adoptar todas las recomendaciones que periódicamente vayan emitiéndose. En este sentido, se aconseja una evaluación previa del paciente mediante un sencillo cuestionario que le ayude a la toma de decisiones ulteriores y adoptar todas las medidas universales de protección de barrera, así como las relativas a limpieza, desinfección y esterilización, las cuales deben reforzarse, amén de la adopción de métodos específicos como la utilización del dique de goma y del colutorio.
 
Además, el Consejo General de Dentistas se ha puesto en contacto con el Ministerio de Sanidad para ofrecer su plena colaboración para superar la difícil situación sanitaria en la que se encuentra nuestro país.

El Tribunal Supremo avala la prohibición de utilizar a famosos para publicitar productos sanitarios

El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que avala la decisión de la Comunidad Foral, por la cual se prohíbe la difusión de una campaña publicitaria de Dentix protagonizada por dos personajes públicos en una de sus clínicas odontológicas en Pamplona: "(…) el método DENTIX convence por sí solo. Implantología dental desde 222 €".
 
Los hechos que han motivado esta sentencia tienen su origen en el año 2015, cuando el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Pamplona revocó en primera instancia el acuerdo del Gobierno de Navarra por el cual no se autorizaba dicha campaña publicitaria, al considerar, que la difusión de dicha campaña, no recomendaba un producto sanitario, sino el "método Dentix" y que tal publicidad se centraba en factores empresariales y económicos, pero no sanitarios, por lo que no incurría en recomendación prohibida.
 
El Gobierno de la Comunidad Foral recurrió la mencionada sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra que falló en contra de Dentix, poniendo de manifiesto que estaba claramente probada la utilización de dos personas famosas, en este caso, Eduardo Noriega y Cristina Pedroche, para publicitar un método odontológico y técnicas ligadas a la utilización de productos sanitarios y, por tanto, deberá respetar los criterios contemplados en la publicidad de productos sanitarios.
 
Ante esta última resolución, Dentix interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo y es ahora cuando la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TS confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.  
 
El interés casacional de dicho recurso radica: en primer lugar, en si el art. 4 del RD 1907/1996, de 2 de agosto, sobre prohibiciones y limitaciones de la publicidad con pretendida finalidad sanitaria de productos, materiales, sustancias, energías o métodos, resulta extensible a los servicios odontológicos. A lo que la sentencia concluyó que no, dado que los servicios odontológicos son servicios sanitarios. Y, en segundo lugar, si a la publicidad de servicios odontológicos resultaría de aplicación la normativa en materia de productos sanitarios y los límites establecidos a tales efectos.
 
En este caso, el Tribunal Supremo ha sentado un precedente al entender que la regulación de la publicidad de servicios odontológicos tiene que estar sujeta al Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios y en el que se recoge la prohibición de la utilización de personas que puedan, debido a su notoriedad, incitar a su utilización. Por ello, respecto a la campaña publicitaria cuestionada, consistente en folletos en los que aparecían dos personas famosas, la Sala entiende que no resulta relevante a los efectos de publicidad, que se trate de un medicamento o de un producto sanitario, o de una técnica o un método denominado "Dentix", pues se incluyen en el artículo 78.8 de la Ley 29/2006 que establece requisitos y limitaciones en la publicidad de medicamentos y productos sanitarios destinados al público en general.

El Consejo General de Dentistas y la Fundación Dental Española también posponen sus actividades formativas presenciales

Después de la suspensión de las actividades formativas del Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Alicante (COEA), realizada siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Sanidad respecto al coronavirus COVID-19 (2019-nCoV) y con el objetivo de velar por la seguridad de los colegiados y dictantes, el Consejo General de Dentistas y la Fundación Dental Española (FDE) han hecho lo propio con sus cursos presenciales de Formación Continuada, al menos, hasta Semana Santa. 
No obstante, desde el Consejo se explica que se estudiará la evolución de la situación sanitaria relativa al coronavirus COVID-19 (2019-nCoV) y se tomarán las decisiones oportunas en consecuencia de ello, las cuales serán comunicadas en su momento. Asimismo, se irá informando sobre las nuevas fechas de los cursos.
 
El Consejo General de Dentistas y la FDE lamentan los inconvenientes ocasionados, pero insisten en la importancia de que todos los colegiados, como profesionales sanitarios que son, cumplan con todos los protocolos del Ministerio de Sanidad y adopten las medidas de prevención que sean necesarias para evitar contraer el virus y minimizar el riesgo de contagio a los pacientes.

El Consejo General facilita un póster para explicar al paciente las medidas de sus clínicas ante el coronavirus

El Consejo General de Colegios de Dentistas de España, del que forma parte el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Alicante (COEA), ha emitido un póster informativo para las consultas, en el que se tranquiliza a los pacientes ante las medidas higiénico sanitarias que se adoptan en las clínicas odontológicas ante el brote de coronavirus. 
 
En concreto, con este cartel se informa a los pacientes de que el dentista, como profesional sanitario, está adoptando todas las medidas recomendadas por el Ministerio de Sanidad y por la Organización Mundial de la Salud. 
 
También se especifica que el profesional utiliza gafas protectoras y mascarillla para evitar contagios y se expone al paciente que “tenga la plena seguridad de que el dentista está cumpliendo con todas las recomendaciones de higiene, desinfección y esterilización. 
 
A su vez, se describe al paciente que “el coronavirus solo se transmite por vía respiratoria, así como por contacto con superficies contaminadas por el virus. No se transmite ni por sangre ni por ninguna otra vía conocida”. 
 
Por último, se le explica que “además de usar mascarillas, en la clínica se procede a una minuciosa desinfección después de cada paciente, siguiendo con las normas habituales”. 
 
En el mismo comunicado se recuerda a los pacientes que “en los tratamientos dentales se originan casi siempre aerosoles, que son una vía de contagio del coronavirus. Por ese motivo, si usted presenta fiebre, tos, malestar general debe retrasar su cita hasta aclarar el origen de su cuadro clínico. En caso de urgencia dental, no acuda a la consulta sin previamente avisarnos por teléfono para tomar las medidas oportunas”. 
 
Descargar el cartel informativo en pdf: 
 
 

El COEA suspende su actividad formativa de marzo ante el brote de coronavirus

El Ilustre Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Alicante (COEA), siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Sanidad de no celebrar reuniones de profesionales sanitarios, suspende la actividad formativa presencial prevista para este mes.  
En concreto, el curso suspendido temporalmente es el titulado "Reconstrucción tridimensional de las atrofias maxilares (teórico-práctico)" a cargo del Dr. Leví Cuadrado González.
 
El Colegio trabaja ya en reprogramar el citado curso en próximas fechas. 
 
Depende de la evolución de la situación sanitaria iremos comunicando, con la pertinente antelación, la celebración de los cursos siguientes. 

El brote de COVID-19 obliga a aplazar Expodental hasta julio

Debido a la situación sanitaria causada por el brote del coronavirus COVID-19 (2019-nCoV), ayer el ministro de Sanidad, Salvador Illa, dio la recomendación de cancelar la celebración de congresos y seminarios sanitarios en los que participen profesionales de la salud.
 
Ante esta decisión y para cumplir con estas recomendaciones, el comité organizador de EXPODENTAL se ha visto obligado a cancelar la feria prevista para los días 12, 13 y 14 de marzo de 2020 en IFEMA, aplazándola hasta julio, concretamente hasta los días 2, 3 y 4 del mes estival.
 
Desde el Consejo General de Dentistas cumpliremos con todos los protocolos de las autoridades sanitarias y pedimos a los colegiados que actúen de la misma forma, pues se trata de una situación de salud pública de interés general. Es muy importante que los profesionales sanitarios adopten las medidas de prevención necesarias para minimizar el riesgo contraer el COVID-19, pues así evitarán su transmisión a los pacientes en los centros sanitarios.

Un higienista dental, condenado a 7 meses de cárcel por diagnosticar y prescribir tratamientos sin título de dentista

Según informa el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia (ICOEV), el Juzgado de lo Penal 18 de Valencia ha condenado a siete meses de cárcel e inhabilitación profesional de un año por un delito de intrusismo profesional a un técnico superior en higiene dental que realizaba funciones propias de un dentista en una clínica dental de Alaquàs (Valencia).
Tal y como aparece recogido en la sentencia, el acusado atendía a pacientes en la clínica dental sin la presencia de un dentista, donde también valoraba radiografías, diagnosticaba y prescribía tratamientos sin tener la titulación oficial de dentista requerida para ello, hechos que fueron denunciados por el ICOEV.
 
Ahora, la jueza considera probado que el acusado sobrepasó las funciones que la Ley reconoce a los técnicos superiores en higiene bucodental y que vienen claramente recogidas en el Real Decreto 1594/1994, por lo que es responsable de un delito de intrusismo profesional y le condena a una pena de siete meses de prisión y una inhabilitación para ejercer la profesión de higienista durante un año dada la gravedad de los hechos. La sentencia es firme.
 
La presidenta del Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia, Patricia Valls, considera que “el intrusismo es un serio problema social ya que compromete la seguridad de los pacientes”. Valls recuerda que las funciones de los higienistas vienen recogidas en la normativa vigente en la que se especifica claramente para qué funciones está autorizado un técnico en higiene bucodental.
 
El presidente del Consejo General de Dentistas, Óscar Castro, felicita al ICOEV por las acciones legales llevadas a cabo y solicita a las autoridades competentes que endurezcan las penas contra los delitos de intrusismo profesional para hacerlas verdaderamente disuasorias. Asimismo, pide prudencia a los ciudadanos a la hora de elegir dentista y de someterse a cualquier tratamiento: “Ante cualquier duda, pueden ponerse en contacto con el colegio oficial de dentistas de su provincia para que le indiquen si el profesional al que van a acudir está colegiado y, por tanto, tiene la formación necesaria para atenderles correctamente”.
 

El Consejo de Dentistas y la Dirección de Salud Pública analizan el Plan Nacional de Reducción de Amalgama

La subdirectora general de Salud Pública, Covadonga Caballo Diéguez, y el presidente del Consejo General de Dentistas, Óscar Castro Reino, se han reunido para valorar algunos aspectos del Borrador del Plan Nacional de Reducción de Amalgama.
Castro Reino ha expuesto la conveniencia de no prohibir la utilización de la amalgama, si no de apostar por una reducción gradual de su uso, al no existir evidencia científica alguna sobre posibles efectos médicos indeseables. Así, ha explicado que “la amalgama dental sigue siendo el material de primera elección en determinados pacientes y circunstancias clínicas, siendo muy complejo poder sustituirla por otro material sin que el tratamiento pierda calidad”.
 
En este sentido, el presidente del Consejo General de Dentistas de España ha informado a la subdirectora general de Salud Pública sobre la declaración de la FDI suscrita por más de 130 países (entre ellos, España) en agosto de 2018, en la que se defiende el uso de la amalgama dental en “aquellas situaciones clínicas en las que el profesional estime que es la mejor opción terapéutica”. En esa línea, el Dr. Castro Reino ha recordado que, en la actualidad, solamente Suecia y Noruega tienen prohibido su uso, mientras que en otros países europeos predominan los planes nacionales que tienden a una reducción progresiva y no a una prohibición.
 
“Desde el Consejo General de Dentistas de España tenemos la plena disposición a seguir colaborando en cuantos aspectos se estimen oportunos con relación al Borrador del Plan Nacional de Reducción de Amalgama. Asimismo, deben potenciarse al máximo los Programas Públicos Preventivos con el objetivo de reducir la carga de patología dental y, de esta forma, contribuir a que sean necesarias menos restauraciones en general, y de amalgama en particular”, explica Castro Reino.
 
Convenio de Minamata
El Convenio de Minamata ratificado en agosto del 2017 sobre reducción del mercurio, así como el Reglamento específico del Parlamento europeo (UE 2017/852) establecen una serie de medidas que deben respetarse obligatoriamente respecto a la utilización de las amalgamas dentales. Algunas de ellas ya han entrado en vigor y se ha informado extensamente a la profesión a su debido tiempo: uso exclusivo de amalgama predosificada, obligatoriedad de separadores de amalgama y la no utilización de la amalgama dental en dientes de leche, en menores de 15 años y en mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, salvo cuando el dentista lo considere estrictamente necesario.
 
El último aspecto del Reglamento Europeo establece la obligatoriedad para todos los países de la UE de desarrollar un Plan Nacional de Reducción de la Amalgama. En este sentido, la Dirección de Salud Pública ha contado desde el primer momento con el asesoramiento del Consejo General de Dentistas. A propuesta de dicho Consejo, y en colaboración con el Ministerio de sanidad, se llevó a cabo una encuesta a profesionales, sobre el grado de utilización de la amalgama. Los resultados de ese estudio mostraron que ese material es utilizado en la actualidad de manera muy puntual, representando apenas el 1-2% del total de restauraciones dentales.