Normativa sobre recogida de residuos sanitarios

 
Ante la noticia aparecida recientemente en la prensa local de Alicante respecto al procedimiento sancionador abierto a una clínica dental por el depósito de residuos sanitarios en contenedores de residuos urbanos, RECORDAMOS A LA COLEGIACIÓN, que la normativa específica para los residuos generados en clínicas dentales es la que contempla el Decreto 240/1994, de 22 de noviembre de la Conselleria de Sanidad y Consumo de la Generalitat Valenciana (Reglamento de Gestión de Residuos Sanitarios).
 
No obstante, algunos municipios de la provincia tienen sus propias ordenanzas municipales sobre recogida de residuos clínicos.
 
En el caso de Alicante capital, la Ordenanza Municipal de Limpieza , publicada en el BOP nº 90 de 15 de mayo de 2009, regula los procedimientos pertinentes.
Se precisa la consulta a las páginas WEB de cada localidad para conocer si establecen un procedimiento específico, o recabar esta información de cada Ayuntamiento. De no existir normativa municipal al respecto, la normativa a aplicar es la autonómica.
 
Si lo deseáis, podéis acceder a información sobre empresas que gestionan el servicio de recogida de residuos clínicos en consultas dentales contactando con la secretaría del COEA, en dónde estamos a vuestra disposición
 
Isabel Doménech
Asesoría Jurídica
 
Normativa autonomica
Ordenanza municipal de limpieza de Alicante capital
 

Odontólogos de Primaria: BOLSA DE TRABAJO

Apertura del plazo de inscripción de nuevos aspirantes y actualización de méritos. Plazo de presentación de instancias del 1 de julio al 12 de julio (ambos inclusive)
Ver toda la información aquí
PREGUNTAS FRECUENTES

Mesa redonda sobre expectativas profesionales en el ámbito de la salud

El pasado día 28 de mayo, D. José Luis Rocamora Valero, presidente del Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Alicante (COEA) participó en una Mesa Redonda sobre el tema "Expectativas profesionales en el ámbito de la salud: presente y futuro" organizado por la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de Alicante.
El presidente expuso en su intervención las particularidades del COEA, formado en la actualidad por cerca de 950 colegiados en Alicante, y explicó los principales problemas de la profesión. La plétora y el intrusismo profesional, así como el mercantilismo y el paro, fueron los asuntos tratados en el debate. José Luis Rocamora destacó las actividades que se realizan desde el Colegio para afrontar esta situación y para mejorar la calidad que los dentistas ofrecen a los alicantinos. 
 
El vídeo íntegro con la intervención del presidente del COEA y del resto de ponentes se puede ver en este enlace.

CAMPAÑA DE SALUD ORAL Y EMBARAZO 2013

Esta nueva Campaña organizada desde el Consejo General se celebrará entre el 1 y 30 de junio, y tiene como objetivo, entre otros, concienciar sobre la importancia de la salud bucodental de las embarazadas y de los bebés durante y después del embarazo.
Todas las mujeres embarazadas podrán acudir a la clínica de un dentista participante en la Campaña para someterse a una revisión bucodental gratuita.

Para participar debes registrarte (fecha límite el 31 de mayo) en la web de la campaña www.dentistas.org/embarazo ( para  lo que necesitarás tus Claves RIDO) donde realizarás un programa formativo para actualizar tus conocimientos sobre salud oral y embarazo.

Rellenando un sencillo cuestionario de satisfacción en la web oficial de la Campaña, antes del 14 de julio, las embarazadas podrán participar en el sorteo de 36 canastillas con productos para el bebé y para la higiene dental. Fecha del sorteo 17 de julio de 2013.

Aclaración de la nueva normativa contra el fraude fiscal

El pasado 20 de Noviembre entró en vigor la nueva Ley contra el fraude fiscal en la que se limitaban los pagos en efectivo a los 2500 euros en las operaciones en las que intervenga un profesional.
Esta nueva normativa ha generado multitud de dudas sobre su interpretación y aplicación , y desde el COEA y el Consejo General de Dentistas hemos tratado de intentar dar respuestas a vuestras preguntas a pesar de que la Agencia Tributaria no se hubiese pronunciado sobre ciertas cuestiones.
Adjuntamos un informe sobre este tema, donde finalmente aparecen ciertas aclaraciones de la Agencia Tributaria.
Descargar aqui
 

Nueva Receta Médica

Tal y como os hemos ido comunicando el próximo dia 20 de Enero entra en vigor el Real Decreto 1718/2010 que regula la nueva receta médica y que establece que las recetas médicas en soporte papel para cumplimentación manual o informatizada deberán confeccionarse con materiales que impidan su falsificación, o mediante la introducción de medidas de seguridad que garanticen su autenticidad.
Los Colegios oficiales, en colaboración con los Consejos Generales, deben responsabilizarse de la impresión, distribución y entrega de los talonarios e impresos de recetas médicas en soporte papel o informático a sus colegiados.
Durante la próxima semana os comunicaremos las formas posibles para poder hacer vuestras solicitudes, que serán atendidas a partir del lunes 21 de Enero, fecha en la que estará habilitada la Plataforma Única desarrollada para este fin.
Cualquier otra plataforma, empresa, institución, organización, etc…que ofrezca la posibilidad de distribución de las recetas estaría incumpliendo la legislación, y por lo tanto estaría ofreciendo un servicio fraudulento.
FORMULARIO DE SOLICITUD

Nueva Receta Médica

El próximo 20 de Enero de 2013 entrará en vigor el Real Decreto 1718/2010 que regula la nueva Receta Médica.
Este Real Decreto cedió las competencias a los Consejo Generales de Dentistas, Médicos, Podólogos y Farmaceúticos para que en coordinación con las Administraciones Sanitarias establecieran el procedimiento de homologación del sistema de Receta Privada Electrónica que posibilite la interoperabilidad.
Los Colegios Oficiales son los reconocidos para garantizar la autenticidad y trazabilidad de la receta papel y garantizar la homologación de los sistemas de receta privada electronica.
Por ello, desde los Consejos Generales de las profesiones implicadas se ha creado una plataforma online única que estará disponible en breve y que se manejará desde los Colegios Oficiales, y que os facilitará las recetas de forma electronica o en papel según vuestras preferencias.
Desde el 20 de Enero se dispone de un plazo de dos meses, es decir, hasta el 20 de Marzo para que los profesionales sanitarios dispongan de recetas ajustadas a la nueva normativa, por lo que desde el COEA os notificaremos la forma en que nos teneis que hacer llegar vuestras peticiones que serán atendidas antes de la entrada en vigor.
Sabemos que diversas empresas privadas estan publicitando plataformas para obtener las recetas, pero desconocemos la legalidad de las mismas, por lo que no podemos informar al respecto.
 
Cualquier duda nos la podeis comentar en el 965.140.430 o coea@coea.es
 

Pedro Doménech Sanchiz, premio a la Trayectoria Colegial en la III Gala de la Salud de Alicante

 
A las siete de la tarde de este jueves 22 de noviembre, la Unión Profesional Sanitaria de Alicante (UPSANA) celebrará en el Colegio de Médicos la III Gala de la Salud, en la que el expresidente del COEA, Pedro Doménech Sanchiz recibirá el premio a la Trayectoria Colegial.
 
Los presidentes de los Colegios de Médicos, Enfermería, Veterinarios, Fisioterapeutas, Odontólogos–Estomatólogos, Podólogos, Psicólogos y Farmacéuticos presentaban ayer el acto de la III Gala de la Salud de la provincia de Alicante, que tendrá en el Palacio de Congresos de Alicante, sito en el Colegio de Médicos de nuestra ciudad.
Durante el acto de presentación se destacó que esta Unión Profesional nació como la agrupación de los diferentes colegios sanitarios de la provincia, representando a más de 20.000 profesionales que día a día velan por garantizar el bienestar de la población.
En la III Gala de la Salud se entregarán un total de 19 premios, 18 de ellos a profesionales o entes con gran proyección sanitaria y social y un último a una trayectoria de reconocido prestigio en el ámbito sanitario. Entre otros asistentes se contará con la presencia del conseller de Sanitat, Luis Rosado, y de la alcaldesa de Alicante, Sonia Castedo.
 
Pedro Doménech
En la rueda de prensa de presentación de los premios, el presidente del COEA, José Luis Rocamora, resaltaba la figura del premiado por parte de los dentistas alicantinos. "Don Pedro Doménech Sanchiz ha sido todo en el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Alicante, destacando ante todo por haber sido el presidente que consiguió la segregación del colegio alicantino".
 
Rocamora recordó que Don Pedro nació en Pinoso, aunque abrió su primera clínica en Ibi. Con posterioridad tuvo su consulta en la calle Segura y en la Plaza Nueva. Médico estomatólogo, estudió Medicina en Salamanca y la especialidad de Estomatología en Madrid. Es un hombre que se ha "divertido trabajando", como él mismo asegura, durante 43 años de carrera. Ha participado en incontables congresos, cursos y reuniones de trabajo, sobre todo con el Grupo de Cataluña. Fue presidente de la junta provincial de Alicante entre los años 1995 y 1999. En 1999 consiguió la segregación y la creación del Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Alicante, un logro que siempre comparte con toda su junta directiva. Fue presidente del COEA hasta 2003. También ejerció como vocal anteriormente durante ocho años más. Y ha sido dos veces presidente del centro de estudios más antiguo de España, el Grupo Alicantino de Estudios Dentales. Nombrado colegiado honorífico con condecoración de oro. Educado, detallista, cercano, sabio. Don Pedro es el máximo exponente en la defensa del Colegio de Dentistas Alicantinos.

Nueva normativa en materia de pagos, con trascendencia en la actividad profesional.

Los pagos en efectivo por un valor igual o superior a los 2500 euros ya están oficialmente prohibidos en las operaciones en las que intervenga un profesional, una medida con la que la Agencia Tributaria confia en limitar los casos de fraude fiscal en este tipo de transacciones. 

La Ley se publico en el BOE de 30 de octubre de 2012, y entrará en vigor a los veinte días de su publicación, siendo aplicable a todos los pagos que se efectúen a partir de tal fecha, aunque se refieran a operaciones concertadas con anterioridad.

 
Se deben tener en cuenta los distintos puntos: 
– Se prohíbe el pago en efectivo a empresarios y profesionales por importe superior a 2.500 € (el límite se eleva a 15.000 € cuando el cliente es un particular con domicilio fiscal en el extranjero).
 
– El fraccionamiento del pago de un mismo servicio o entrega de bienes no surtirá efectos, debiendo sumarse las cantidades fraccionadas para el cómputo del límite.
 
– Deberán conservarse los justificantes de pago durante cinco años desde su fecha, con el fin de acreditar la utilización de medios de pago distintos a la entrega de efectivo.
 
– Se consideran también pagos en efectivo los realizados mediante cheques bancarios al portador o cualquier otro medio, incluso electrónico, de pago al portador.
 
– La limitación no resultará aplicable a los ingresos realizados en entidades de crédito.
 
 
Régimen sancionador
 
– Se considera infractor tanto al pagador como al perceptor, y responderán solidariamente de la sanción que se imponga, pudiendo dirigirse la Agencia Tributaria indistintamente contra cualquiera de ellos y por la totalidad.
 
– Se impondrá multa del 25% de la cuantía pagada en efectivo.
 
– Si cualquiera de los intervinientes denunciara a la otra parte ante la Agencia Tributaria dentro de los tres meses siguientes, quedará exento de responsabilidad. La denuncia que con posterioridad pudiera presentar a su vez la otra parte interviniente no surtirá efecto alguno. La presentación simultánea de denuncia por ambas partes no exonerará de responsabilidad a ninguno de ellos.
 
– Las sanciones serán compatibles, en su caso, con las que resulten de la comisión de infracciones tributarias por razón de dicha operación, así como con las previstas en la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales.
 
– La infracción prescribe a los cinco años desde su comisión. Igual plazo especial de cinco años se aplica a la prescripción de las sanciones, a contar desde la firmeza de la resolución.