La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública publicó el pasado sábado en el Diari Oficial de La Generalitat Valenciana (DOGV) una resolución de modificación y adopción de medidas adicionales y complementarias del Acuerdo de 19 de junio, del Consell, sobre medidas de prevención frente al Covid-19. Esta resolución contiene un apartado, el 18º, referido expresamente a las medidas en el ámbito sanitario, que se refiere a centros sanitarios privados. 

 

En concreto, este texto apunta que “todos los centros sanitarios privados deberán disponer de un plan de contingencia para la gestión de situaciones de emergencia relacionadas con el Covid-19” y que “todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunitat Valenciana, tanto de titularidad pública como privada, deberán notificar los casos detectados de Covid-19 a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones, a través del sistema de vigilancia epidemiológica de la Comunitat Valenciana”.

 

También cita textualmente que estos centros “deberán facilitar toda la información que sea requerida por la autoridad sanitaria para el control de la epidemia, con la periodicidad y a través del medio que se indique”. Y dice que la realización de pruebas de detección queda sujeta a prescripción de un facultativo. En concreto, señala: “La realización de pruebas diagnósticas de detección de Covid-19 queda sujeta a prescripción por facultativo, de acuerdo con las directrices, instrucciones y criterios que establezca la autoridad sanitaria competente, garantizando los medios necesarios para completar el proceso diagnóstico de infección activa por Covid-19, según los protocolos vigentes”.  

 

A su vez, señala que “la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública podrá requerir la puesta a disposición de espacios, establecimientos, alojamientos y otras instalaciones públicas de la Comunitat Valenciana para atender las necesidades sanitarias que surjan, ocasionadas por la epidemia de Covid-19. Igualmente, si la situación sanitaria consecuencia de la pandemia lo requiere, podrá solicitar a entidades o empresas de titularidad privada de la Comunitat Valenciana la cesión de espacios o alojamientos para completar las necesidades de las instalaciones públicas y requerir la colaboración de los servicios y establecimientos sanitarios privados y de las mutuas de accidentes de trabajo de la Comunitat Valenciana, para lo que se establecerán los instrumentos de colaboración adecuados”. 

 

El DOGV apunta que “todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad pública o privada de la Comunitat Valenciana, deberán adoptar las medidas organizativas, disponibilidad de material necesario para el control de la infección, y gestión de espacios, para garantizar el cumplimiento de las recomendaciones de las autoridades sanitarias respecto a las medidas de prevención e higiene como distancia de seguridad, uso de mascarillas, higiene de manos y etiqueta respiratoria”. 

 

A su vez, añade que “la autoridad sanitaria emitirá directrices a través de resoluciones, planes y/o protocolos específicos que considere necesarios para atender la crisis sanitaria. Estas directrices deberán ser aplicadas en todos los dispositivos y centros sanitarios, independientemente de su titularidad en el territorio de la Comunitat Valenciana”.

 

Leer la resolución completa en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana descargando el pdf:

 

http://coea.es/web/archivos/1595248866_RESOLUCION-DOGV-17-JULIO.pdf