Recomendaciones del Consejo Valenciano de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia, Alicante y Dentistas de Castellón ante el cierre repentino de clínicas Vivanta

El Consejo Valenciano de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia, Alicante y Dentistas de Castellón ha publicado una serie de recomendaciones para pacientes afectados por el cierre repentino de clínicas Vivanta en la Comunidad Valenciana, que se pueden leer en este comunicado. 

Aquí se puede leer el comunicado completo: 

CIERRE DE ALGUNAS CLÍNICAS VIVANTA

 

El Consejo Valenciano de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia, Alicante y Dentistas de Castellón, ante el cierre repentino de algunas clínicas Vivanta en la Comunidad Valenciana, comparte y hace suyas las recomendaciones del Consejo General de Dentistas de España.

Recomendaciones para los pacientes cuya clínica haya cerrado

Mientras se clarifica la situación de cada centro y de cada tratamiento, se recomienda :

  • Conservar toda la documentación relacionada con el tratamiento: presupuesto, contrato, facturas y justificantes de pago, financiación, consentimientos informados, resguardos de citas, mensajes y cualquier otra comunicación recibida.
  • Solicitar por escrito y por un medio que permita acreditar su envío información concreta sobre la continuidad del tratamiento y pedir una copia completa de la historia clínica, incluidas radiografías y pruebas diagnósticas. En caso que no haya respuesta por parte de la clínica en un plazo prudencial aproximadamente de 1 semana puede reclamarse ante la Agencia Española de Protección de Datos y la autoridad sanitaria competente. Si en un plazo de un mes de la solicitud y posterior respuesta de la clínica sigue sin disponer de la documentación puede interponer reclamación en el organismo indicado.
  • Si el tratamiento se financió mediante un crédito vinculado, reclamar de forma acreditable frente al prestador y comunicar inmediatamente la situación a la entidad financiera. El artículo 29 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, reconoce al consumidor, cuando concurren sus requisitos, la posibilidad de ejercitar frente al prestamista los derechos derivados del incumplimiento del proveedor.
  • Si existen cantidades abonadas directamente por prestaciones todavía no realizadas, conservar los justificantes y formular la correspondiente reclamación. Cuando resulte aplicable un procedimiento concursal, deberá atenderse a la información oficial sobre la forma y plazo para comunicar el crédito a la administración concursal.
  • Si la interrupción del tratamiento puede comprometer la salud o requiere una actuación que no pueda demorarse, acudir a otro dentista para que valore clínicamente la situación. Es aconsejable solicitar un informe del estado actual y de los tratamientos realizados y pendientes.
  • Dirigirse a las autoridades sanitarias y de consumo. Asimismo, analizar con especial cautela las ofertas de terceras clínicas, entidades financieras, intermediarios o despachos y comprobar antes de firmar sus condiciones clínicas, económicas y jurídicas.
  • Enlaces que pueden resultar de interés:

AEPD: https://sedeaepd.gob.es/sede-electronica/procedures  

Consumo: https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=316

Sanidad: https://www.san.gva.es/es/web/tramites-administrativos/solicitud-general