Un juzgado de lo Penal de Sevilla ha condenado a un protésico dental, y al propietario de una clínica dental, también protésico de profesión, a penas de un año de prisión y de inhabilitación de funciones durante ese tiempo a cada uno por un delito de intrusismo profesional, según informa el Consejo General de Colegios de Dentistas de España.

Al primero de ellos la Justicia le condena como autor material del delito, mientras que, al segundo, la impone la pena de un año de prisión al considerar que fue cooperador del delito de intrusismo, por ser el gestor de hecho de la clínica dental y luego propietario.

 

Asimismo, el primero de ellos es también condenado como autor material de un delito de lesiones a la pena de 11 meses de prisión al causarle a su cliente una deformidad facial y una desviación mandibular que no se puede corregir. Por este motivo, el protésico es también condenado a indemnizar a la víctima con 34.552 €.

 

Según destaca el juez como hechos probados, el primer condenado, que solo contaba con la cualificación de protésico dental e igualmente carecía de título académico exigido para el ejercicio de la profesión de dentista, "realizó varios actos propios de la misma con aplicación de tratamientos dentales y odontológicos a varios clientes".

 

A uno de ellos, le trató odontológicamente entre marzo de 2013 y marzo de 2017, llegándole a colocar un aparato quad hélix (un instrumento de expansión maxilar para corregir la mordida y ampliar la arcada) y una barra de mantenimiento.

 

Continúa el juez en su sentencia que "como consecuencia de este tratamiento" el paciente "tuvo que ser asistido en otra clínica dental y en el servicio de cirugía maxilofacial del hospital Virgen del Rocío, derivándose importantes perjuicios consistentes en una deformidad por asimetría facial".

 


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