Servicio de Atención al Paciente Odontológico

Conforme al artículo 12 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, este Colegio Oficial dispone de un servicio de atención a los consumidores o usuarios (paciente odontológico), que tramitará y resolverá cuantas quejas y reclamaciones, referidas a la actividad colegial o profesional de los colegiados que ejerzan en la provincia de Alicante, se presenten por cualquier consumidor o usuario que usen sus servicios profesionales.

A través de este servicio de atención, resolveremos sobre la queja o reclamación según proceda.

Escapa de las competencias de este servicio pronunciarse sobre aspectos puramente comerciales, económicos, financieros o mercantiles, ajenos a la práctica habitual de la odontología o a los facultativos implicados. Tampoco es misión de éste órgano emitir informes periciales, ni tiene atribuciones para exigir o pronunciarse cuantificando algún tipo de responsabilidad (civil, penal, laboral, contencioso-administrativa, etc), ni la instrucción de este expediente podrá nunca sustituir válidamente una acción de responsabilidad que se pueda entablar por la misma causa, ni perjudicará tampoco el legítimo derecho de sus promotores a emprender en otras instancias cualquier actuación legal que estimen pertinente en amparo de sus legítimos intereses.

¿Cómo y en qué plazo se tramitan las Quejas/Reclamaciones?

Tras recibir su queja/reclamación comprobaremos que no tenga defectos de forma que deba subsanar, nos pondremos en contacto con las partes involucradas solicitándoles la información pertinente, procederemos a su estudio y evaluación, y finalmente emitiremos un INFORME/RESOLUCIÓN con las conclusiones y propuestas. De media se invierten unos tres meses en completar las fases indicadas (aunque algunos casos se resuelven en un mes y otros en cinco o más).

Debe tener en todo momento sus datos de dirección de notificaciones actualizados, puesto que el Colegio le remitirá el INFORME/RESOLUCIÓN mediante carta Certificada con acuse de recibo, una sola vez. De ser devuelta dicha comunicación por no recogerla, los siguientes envíos serán con gastos a su cargo o podrán pasar a recogerla personalmente, por la sede colegial.

¿Qué debo presentar?

 Deberá presentar los siguientes documentos debidamente firmados y cumplimentados:

¿Cómo y dónde presentarlo?

Puede presentarlo de la siguiente forma:

- En nuestras oficinas (De lunes a viernes en horario de 9:00 a 13:00 horas)
- Por correo postal a: Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Alicante
                                Dpto. Reclamaciones 
                                Avenida Federico Soto, 11 - 2º A
                                03003-ALICANTE 
- Por e-mail a: info@coea.es

NO SE DARÁ TRÁMITE A NINGUNA RECLAMACIÓN ANÓNIMA Y/O EN LA QUE NO CONSTE FOTOCOPIA DEL DNI EN VIGOR (por ambas caras) NI FIRMA EN TODAS SUS PÁGINAS. NO SE ADMITIRÁN FOTOGRAFÍAS DE LOS DOCUMENTOS.

Ante cualquier duda puede usted contactar con el COEA en el 965140430 donde se le informará del proceso a seguir.


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Sobre nosotros


El COEA se encarga de regular y ordenar el ejercicio de la actividad profesional de la odonto-estomatología, con arreglo a las disposiciones legales que le afectan y el dictado, salvaguarda y observancia de sus Estatutos y del Código Ético y Deontológico.